Los grupos de interés (VIII): las administraciones públicas

En la nueva era, “la era de la sostenibilidad”, definida a partir de uno de los aspectos que la configuran, las organizaciones se preocupan por los impactos que su actividad genera en la sociedad en general, y en la comunidad local dónde habitan en particular. Esta preocupación, en la nueva era, implica el surgimiento de una nueva empresa, que bajo este contexto le ponemos el nombre de “empresa disponible”.

Tanto las decisiones como los impactos generados por su actividad, implican ser contemplados tanto en su estrategia como en su gestión, adoptando para ello la RSC, Responsabilidad Social Corporativa, que culmina con la elaboración de la conocida como “Memoria de sostenibilidad”, que supone una verdadera rendición de cuentas.

La rendición de cuentas se dirige a la sociedad en general, y a los grupos de interés en particular, es decir, aquéllos que se relacionan con la empresa. Constituyen un elemento de gestión clave de la RSC, con su identificación, priorización, análisis pormenorizado, relación y diálogo constantes y, en último término, poseedores de otorgar, previo escrutinio, de la denominada “licencia social para operar”.

El grupo de interés que se analiza en el presente artículo es el de “las administraciones públicas”. Se considera un grupo de interés externo que existe en todas las empresas, que hay que evaluar de forma permanente, pues es fuente de normativas, tasas e impuestos, contratación, ayudas y subvenciones, financiación, etc.

Ya se han adelantado los principales roles que las administraciones públicas pueden tener en su relación con las empresas. Los principales son los siguientes:

Legislador: es emisor de normativas aplicables a las empresas.

Recaudador: es emisor de tasas e impuestos, que afectan a las empresas.

Contratista: ofrece contratación pública, en función de un condicionado al que se opta por concurso evaluable, en función de diferentes criterios de valoración.

Soporte: ofrece ayudas y subvenciones en función de diferentes aspectos, situaciones, requisitos y casuísticas, con determinados límites de acceso.

Financiero: puede ofrecer líneas de crédito en beneficiosas condiciones, en función de determinadas situaciones, mediante campañas específicas según disponibilidad.

Aliado: para promover el desarrollo sostenible, mediante cesión de espacios públicos, publicidad gratuita en medios propios, etc.

Pero no hay que olvidar que las administraciones públicas son también organizaciones, y por lo tanto, deben incorporar la RSC en su estrategia y gestión, ya que los ciudadanos son los “accionistas” de dichas organizaciones y, por lo tanto, se les debe rendir cuentas con el mismo nivel de exigencia que a las empresas, con la ética y la transparencia como denominador común.

Ello implica la posibilidad de que la ciudadanía efectúe el debido escrutinio y, con sus votos, aprobar o no la gobernanza llevada a cabo, evaluando entre otros factores, los impactos que las administraciones públicas han generado, de índole social, ambiental, laboral, ético y de respeto a los derechos humanos.

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