En la nueva era, “la era de la sostenibilidad”, es decir, definida con uno de sus atributos principales, las empresas tienen en cuenta el triple impacto generado por su operativa diaria. Por ello, surge una nueva empresa, que en este blog se titula con el nombre de “empresa disponible”.
Para abordar el triple impacto mencionado, se efectúa a partir de la incorporación de la RSC, Responsabilidad Social Corporativa, en su estrategia, gestión, políticas y operativa.
Uno de los elementos de gestión claves de la RSC es la gestión de los grupos de interés. Se estudian sus necesidades, expectativas, requerimientos, exigencias y aspiraciones, previo análisis en su segmentación, que comprende su priorización a partir de su incidencia en la empresa. En todo momento se promueve una eficiente y constructiva relación mediante plataformas de diálogo e interacción con los mismos.
El grupo de interés que se analiza en el presente capítulo es el de “las subcontratas”. Se considera un grupo de interés interno o externo (dependerá del análisis de la empresa). En concreto, dependerá de, entre otros, los siguientes factores:
– Grado de dependencia del trabajador: la nómina, su desempeño, su rendición de cuentas, etc.
– Grado de autonomía: atiende a las normas de la empresa contratante o de la que procede.
– Normativa aplicable: en función del sector de actividad, del trabajo a desarrollar, etc.
– Contrato: estipulaciones del contrato de la subcontrata entre empresas.
En condiciones normales, se propone que las subcontratas se integran en el equipo interno de trabajo, por lo que las características definitorias de este grupo de interés son:
– Relación: la relación de las subcontratas con la empresa se rigen por el “Contrato entre las empresas contratante y contratada”, por la que ésta última aporta trabajadores a la primera. Se consideran a efectos de la empresa contratante, trabajadores sujetos a las mismas obligaciones laborales que los empleados, en su desempeño profesional. El reporte de su actividad se efectúa entre las empresas.
– Interacción profesional: implica las relaciones jerárquicas con sus mandos, equipos de trabajo, equipo directivo, empleados y resto de grupos de interés de índole interno., a partir de su desempeño profesional.
– Diálogo: el general se da entre las empresas que formalizan el contrato de subcontratación (la empresa contratada puede ser una ETT, un CEE, una ONG, una empresa proveedora de servicios, etc.). El personal del trabajador subcontratado se puede dar hacia la empresa contratante y hacia la empresa contratada origen del trabajador.
– Riesgos: principalmente son los relacionados con el desempeño en su puesto de trabajo, los riesgos de seguridad y salud laboral. Pero también están los riesgos sociales, ambientales, profesionales, etc.
– Oportunidades: la motivación, implicación y compromiso de las subcontratas con los objetivos de sostenibilidad de la empresa contratante, donde desempeñan su trabajo diario. Es fuente de selección y de retención del talento.
Las subcontratas son un grupo de interés importante en la gestión de la RSC, pues son una prueba de escrutinio social en el cumplimiento de los objetivos de sostenibilidad y RSC de la empresa.